Proponen investigar como feminicidio muerte violenta de mujeres - El Mensaje del Caudillo

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viernes, 28 de octubre de 2022

Proponen investigar como feminicidio muerte violenta de mujeres

 


  • La Comisión de Alerta de Género propone ampliar las razones de género para tipificar este delito.
  • El sujeto activo perdería la patria potestad de hijas o hijos, que deben recibir atención inmediata de las autoridades.

La Comisión para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición del Congreso local propuso reformas para ampliar el tipo penal de feminicidio a fin de que todas las muertes violentas de una mujer se investiguen como probable feminicidio y con perspectiva de género y, en su caso, de niñez, así como agravar las penalidades de cárcel. La propuesta, expuesta por la diputada Juana Bonilla Jaime (MC), integrante de la citada comisión, busca agravar la penalidad por este delito cuando el sujeto activo forme parte del servicio público y tenga el deber de cuidado sobre la víctima, la haya obligado a ejercer la prostitución o haya ejercido actos de explotación o trata de personas en su contra. Asimismo, cuando el delito sea cometido por dos o más personas o en presencia de personas vinculadas a la víctima; y cuando el sujeto activo se haya valido de su oficio como conductor de un vehículo de transporte de pasajeros, público o privado, para cometer feminicidio. Plantea incluir entre las razones de género para tipificar como feminicidio las manipulaciones degradantes y humillantes, las mutilaciones, el desollamiento, la decapitación, la tortura y el desmembramiento o que el cuerpo o restos de la víctima hayan sido calcinados, a fin de que los delitos relacionados con cuerpos de mujeres hallados en las fosas clandestinas sean investigados y juzgados como feminicidios, por lo que la inclusión de los verbos “depositado, arrojado y enterrado” se consideran indispensables para asegurar la efectividad del tipo penal. Además, que exista o haya existido, entre el activo y la víctima, una relación sentimental, afectiva o de confianza, por razón de parentesco por consanguinidad, afinidad, matrimonio, concubinato, cuidados, sociedad de convivencia, cohabitación, noviazgo, amistad, o una relación laboral, docente, religiosa, institucional, o cualquier otra que implique una relación de subordinación o superioridad. Considera también la existencia de antecedentes o indicios, denunciados o no, que establezcan que hubo amenazas, agresiones de cualquier tipo, intimidación, hostigamiento, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, incluidas aquellas encaminadas a limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de la víctima o su acceso a un cargo político, público, de poder o de decisión Entre las sanciones, propone que el sujeto activo pierda la patria potestad, en el caso de que tenga hijas o hijos con la víctima y se ordenará a las autoridades competentes la protección, prestación de servicios de ayuda inmediata y reparación integral del daño de las niñas, niños y adolescentes que hubiesen quedado en situación de orfandad por feminicidio o que hubieren presenciado este delito. La propuesta, a la que se adhirieron el diputado Daniel Sibaja González (Morena) y Miriam Escalona Piña (PAN), será analizada por Procuración y Administración de Justicia y para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición

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