Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible amplía periodo de verificación para vehículos con placas que terminan en 9 o 0 - El Mensaje del Caudillo

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sábado, 30 de diciembre de 2023

Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible amplía periodo de verificación para vehículos con placas que terminan en 9 o 0

 

·         Por única ocasión el plazo concluye el 15 de enero de 2024. ·         La vigencia de la constancia de verificación vehicular obtenida aplicará hasta su próximo periodo de verificación en el primer semestre del año 2024. METEPEC, Estado de México.- La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible del Gobierno del Estado de México informa a la ciudadanía que por causas ajenas a la operación del software del Sistema Automatizado de Emisión y Control de Hologramas de Verificación Vehicular (SAECHVV), así como a la escasez de constancias de verificación vehicular, esta dependencia ha determinado ampliar el periodo de la verificación de emisiones contaminantes a los vehículos cuya placa de circulación termine en 9 o 0. Lo anterior a través del Acuerdo de la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, por el que se prorroga el periodo de Verificación para los vehículos con terminación de placas 9 o 0, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno. El Acuerdo establece que el periodo para verificar aquellos vehículos con dicha terminación de placa de circulación, que no realizaron la verificación vehicular durante los meses de noviembre y diciembre del año 2023, se amplía, por única ocasión, hasta el 15 de enero de 2024. Es decir, contarán con un plazo de cumplimiento adicional de 15 días naturales para realizar el trámite. El acuerdo también señala que la vigencia de la constancia de verificación vehicular obtenida aplicará hasta su próximo periodo de verificación en el primer semestre del año 2024, correspondiente a los meses de mayo y junio del año 2024. Asimismo, estipula que los vehículos con placas terminación 9 o 0 que no cumplan con la verificación vehicular dentro del periodo indicado en dicho Acuerdo, se harán acreedores a la sanción establecida en el artículo 2.265 fracción I del Código para la Biodiversidad del Estado de México. Las tarifas y la documentación requerida para realizar la verificación vehicular correspondiente se determinarán conforme a lo establecido en el programa de verificación vehicular obligatoria para el primer semestre del año 2024. Para realizar la verificación vehicular los propietarios o poseedores de vehículos que cuenten con placas de circulación previstas en el presente Acuerdo, deberán acudir directamente al Centro de Verificación de Emisiones Contaminantes de Vehículos Automotores Autorizado, conocido como Verificentro, de su preferencia.


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